CitaNacionalidad
Hora en España--:--:--

Nacionalidad española por residencia

El último tramo del camino merece llegar a tiempo.

Años de residencia, exámenes aprobados, expediente presentado — y todavía quedan citas que conseguir: la jura, las huellas, las renovaciones de la espera. Nosotros las cazamos por ti.

  • Te decimos qué cita te toca según tu fase — sin humo
  • Renovaciones vigiladas para que la espera no rompa tu residencia
  • Cita de jura cazada en cuanto tu concesión lo permita
  • Si no conseguimos tu cita, no pagas

Dinos tres cosas y te contestamos con tu cita.

¿Qué te queda por hacer?

Escríbenos por WhatsApp

Tu residencia tiene que seguir en vigor mientras esperas. Eso también lo cubrimos.

Cómo atrapamos tu cita

Tres pasos. Tú mandas un mensaje; el resto es nuestro.

Los años de residencia

10 años como regla general; 2 para nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal y sefardíes; 1 año para casados con español/a. Legales y continuados.

Los exámenes: CCSE y DELE A2

Cultura española (CCSE) para todos; español DELE A2 si tu país no es hispanohablante. Ambos del Instituto Cervantes.

El expediente y la ESPERA

Se presenta online y empieza la parte dura: la resolución tarda años. Tu residencia debe seguir renovada todo ese tiempo.

La concesión y la JURA

Llega el sí — pero no eres español hasta la jura, y esa cita tiene su propia espera. Tras jurar: DNI y pasaporte.

2 años de residencia bastan si eres de un país iberoamericano — y aun así el camino está lleno de citas que se agotan. Conocerlas es la mitad; conseguirlas, la otra.

  • Te decimos qué cita te toca según tu fase — sin humo
  • Renovaciones vigiladas para que la espera no rompa tu residencia
  • Cita de jura cazada en cuanto tu concesión lo permita
  • Si no conseguimos tu cita, no pagas

Preguntas frecuentes

¿Cuántos años necesito exactamente?

Regla general: 10 años de residencia legal y continuada. Excepciones principales: 2 años para nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial y Portugal (y sefardíes); 1 año si llevas un año casado con español/a; 5 años para refugiados reconocidos. Los años deben ser con residencia LEGAL — el tiempo sin papeles no cuenta.

¿Qué pasa si mi TIE caduca mientras espero la resolución?

Es el error más caro del proceso: la resolución tarda años y tu residencia debe seguir válida TODO ese tiempo. Una residencia caducada puede tumbar un expediente de nacionalidad con años de espera acumulados. Marca las fechas de renovación y consíguelas a tiempo — para eso estamos.

¿La jura es automática cuando me conceden la nacionalidad?

No. La concesión te da 180 días para jurar — y conseguir la cita de jura (Registro Civil o notaría, según tu caso) tiene su propia espera. No eres español hasta que juras. Es la última carrera del camino, y conviene empezarla el día que llega la concesión.

¿Tengo que renunciar a mi nacionalidad de origen?

Depende de tu país: los nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal y Francia conservan la suya (doble nacionalidad). El resto declara renuncia en la jura — cómo afecta eso en tu país de origen es algo que debes consultar con tu consulado o un abogado antes de la jura, no después.

Tu cita empieza con un mensaje.

Años de residencia, exámenes aprobados, expediente presentado — y todavía quedan citas que conseguir: la jura, las huellas, las renovaciones de la espera. Nosotros las cazamos por ti.

Consultar mi caso por WhatsApp